1.¿Qué se considera accidente grave?
Clasificación de los accidentes según su gravedad. Los accidentes, según la naturaleza de las lesiones y compromiso se clasifican en:
a) Leves: Comprometen piel y tejido celular subcutáneo, tales como contusiones menores, esguinces grado 1 y 2, excoriaciones, erosiones y heridas superficiales que sólo requieren curaciones simples o afrontamiento, inmovilizaciones con vendaje o tratamientos simples de enfermería.
b) Menos graves: Comprometen planos más profundos de la piel, llegando a la cara superficial muscular o ligamentos. Se trata de heridas y contusiones craneofaciales, heridas que requieren sutura, contusiones con hematomas intramusculares, desgarros, esguinces grado 3, politraumatismos, quemaduras extensas pero superficiales, TEC simples. En dependencia de su complejidad, requieren procedimientos avanzados de enfermería o tratamiento médico.
c) Graves: Afectan el funcionamiento de sistemas vitales, o conllevan la posibilidad de generar secuelas funcionales. Caen dentro de esta clasificación los TEC complicados, con compromiso de conciencia, heridas profundas con compromiso extenso de los planos musculares y/o vasos sanguíneos importantes, politraumatismos severos, luxaciones, shock eléctrico, fracturas en general, especialmente las craneoencefálicas, cervicales y expuestas. Requieren urgente evaluación y tratamiento médico especializado. Generalmente ameritan internación hospitalaria.
2. ¿Qué se considera como enfermedad grave?
Es aquella en la que se evidencia alteración de los signos vitales, estado de conciencia o cualquier situación de salud que comprometa la vida del paciente.
3. ¿En qué casos se informa a los padres acerca de la atención en la Enfermería?
- En caso de accidente o enfermedad grave
- En caso de requerirse valoración médica, aunque no se trate de enfermedad o accidente grave
- Cuando es necesario indagar antecedentes o profundizar acerca de situaciones especiales de salud
- Cuando se requiere autorización para administración de analgésico.
- Cuando sea necesario observación y seguimiento en casa.
- Para generar a los padres algún tipo de recomendación adicional.
- Cuando existe lesión amplia y evidente no necesariamente grave.
4. ¿Los padres pueden ingresar al colegio a recoger a sus hijos?
A partir de que la Secretaría de Salud autorizo el aforo del 100% en ambientes escolares fue posible reabrir el ingreso de los padres de familia o acudientes al colegio para dirigirse a la enfermería cuando sea necesario recoger a los estudiantes.
5. ¿En qué casos tengo que recoger a mi hijo y cómo debo hacerlo?
El estudiante se debe recoger siempre que desde enfermería se haga la solicitud de manera telefónica, los padres de familia o acudientes podrán ingresar al colegio indicando en la portería que se dirigen a la Enfermería, en donde se informará el manejo realizado y las indicaciones a seguir.
6. ¿Cuáles son los requisitos para el uso del seguro escolar?
Para el uso del seguro escolar solamente es necesario tener a la mano el documento de identidad del estudiante y el número de Póliza (11-68-1000005628)
Para más información acerca del seguro escolar puede ingresar al siguiente enlace:
Conozca aquí el Flujograma de Atención de la Enfermería en caso de un accidente o una enfermedad general.
Conozca las funciones de la Enfermería.